este Juzgado Superior dicto auto mediante el cual ordeno la actualización de la boleta dirigido a la ciudadana DALINCE RIVAS DE TABARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nros.V-3.131.745, e inpreabogado bajo el Nro. 20819, actuando con el carácter de apoderada de la SOCIEDAD DE GARANTIAS RECIPROCAS PARA LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL ESTADO CARABOBO, S.A.(SGR-CARABOBO, S.A.), parte accionante, de la sentencia interlocutoria dictada en fecha treinta (30) octubre del 2017, boleta que fue fijada en fecha cinco (05) de diciembre de 2023, por el aguacil de este Juzgado Superior en la cartelera de éste Tribunal y de la misma forma retirada en fecha veintitrés (23) de enero del presente año, para que manifestara interés en que sea sentenciada la presente causa y visto que fue notificada, sin obtener respuesta alguna por su parte en el período concedido (10 días de despacho) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 y artículo 174 del Código de Procedimie.....