En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO; Administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y
Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE LA ACTA DE NACIMIENTO intentada por la ciudadana : MARTHA ELENA CARRILLO FALCÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.025.607, de este domicilio, respectivamente, mediante su apoderada judicial MARÍA DOMINGA PIÑA DE RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 69.178. SEGUNDO: SE ORDENA la rectificación del Acta de Nacimiento, Nº 38, Tomo I, del Año 1977, perteneciente a la ciudadana MARTHA ELENA CARRILLO FALCÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la .....