En mérito de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción de deslinde interpuesta por la sociedad mercantil VENEZOLANA DE BANANO C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo el 16 de enero de 2017, bajo el Nro. 39, Tomo 6-A, Nro. de Expediente 315-68685, de este domicilio contra el ciudadano DIBO SALMO WASSOUF, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.797.723, de este domicilio, ante el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del estado Carabobo.
SEGUNDO: SIN LUGAR, la oposición formulada por el demandado DIBO SALMO WASSOUF, venezolano, mayor de edad, .....