CAPITULO I
DEL MERITO FAVORABLE:
Por lo que respecta a este capitulo, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, se admite en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva. Así se Decide.
CAPITULO II
DE LAS TESTIMONIALES:
Por lo que respecta a este capitulo, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, se admite en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva. Asì se Decide. En consecuencia, se fija el tercer (3º) día de despacho siguiente al de hoy a las Nueve, Nueve y Treinta, Diez, y Diez y treinta de la mañana (09:00, 09:30, 10:00 y 10:30 a.m.) para tomarle declaración a los ciudadanos, FADY KHAYAR, JOSE MARTIN SALAS, ROGER SOTO y DANIEL VERDECCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 13.967.439, V- 8.848.545, V- 10.569.487 y 7.921.903, respectivamente en su orden.
CAPITULO III
DE LA INSPECCION JUDICIAL:
Por lo que respecta a este capitulo, de la inspección judicial, se admite en .....