PRIMERO: CONDENA al ciudadano WILMER ALBERTO PALACIOS COGOLLO, nacionalidad venezolana, natural de caracas, nacido 04-¿7-84, de 22 años de edad, estado soltero, profesión y u oficio estudiante, hijo de Josefa cogollo Rodriguez (v) y de Luis Palacios (v), residenciado petare, barrio maca, calle la paz, titular de la cedula de identidad N° 17.125.677, a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS DE PRISION, por considerarlo autor responsable de la comisión del delito de ASALTO A TRANSPORTE COLECTIVO, previsto y sancionado en el articulo 357 ultimo aparte del Código Penal, por los cargos que le imputara el Estado Venezolano a través de la acusación interpuesta por el Fiscal del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, por los hechos ocurridos en fecha 23-03-2006, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se condena al ciudadano WILMER ALBERTO PALACIOS COGOLLO, a las penas accesorias a las de Prisión es.....