En razón de las precedentes consideraciones, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones en lo Penal y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por falta de legitimidad, la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Abg. ALBERTO RAFAEL ATENCIO, quien manifiesta actuar en representación de los derechos y garantías de los ciudadanos RAUL ANTONIO CASTRO y ESNEYDER JOSE GONZALEZ CRUZ, en contra del Juzgado Cuarto en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, a cargo del ABG, JOEL AGUSTIN ROMERO FERNANDEZ, en la actuación principal bajo el N° GP01-P-2016-026499, y se sustenta en lo estipulado en los artículos 7, 19, 20, 21, 26, 27, 49, 51, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, contra la supuesta OMISION DE PRONUNCIAMIENTO, imputable al Trib.....