DISPOSITIVA
En el presente caso se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 185 del Código Civil, por lo que de acuerdo con la citada disposición y siendo la oportunidad legal, este Tribunal Sexto De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua Y San Diego De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud formulada por el ciudadano RONALD JOSE SOLORZANO MALDONADO, abogado en ejercicio, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.-8.633.937 e inscrito en el IPSA bajo el N° 180.950, actuando en nombre y representación del ciudadano JHONNY ORLANDO LOPEZ PALACIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.-11.200.764, según consta en Poder Especial de Representación, quedando registrado bajo el N° 012, Folios 016 y 017, Tomo I,.....