Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en función Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud interpuesta por el Fiscal del Ministerio Público y por la defensa pública, en cuanto a que la presente causa sea ventilada por la vía DECRETA EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL, de conformidad con lo establecido en los artículos 94 y 79 conforme de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se decreta a favor de la ciudadana CLEIDE MARUJA VERA, titular de la cédula de identidad Nº V-13.217.319, medidas de protección y seguridad, establecida en los numerales 3, 5 y 11 del artículo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; imponiéndole al ciudadano GARCÍA DÍAZ MAIKEL ANTONIO, la obligación de salir de .....