Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la pretensión incoada por los actores, en su demanda de Prestaciones Sociales contra CORPORACION ORUMILA, C.A.. y en consecuencia se condena a pagar las cantidades siguiente: TOTAL ADEUDADO POR CADA TRABAJADOR (1. SILFREDO MORENO, titular de la cedula de identidad Nº 6.153.637, fecha de ingreso 10/05/2011, desempeñándose como ACOMPAÑANTE VIAL, TIEMPO DE SERVICIO: 2 años 6 meses, 20 días, salario integral 656,24 salario mensual 17.500,00. TOTAL A CANCELAR BS. 239.368,4. (2.- JULIO EDUARDO FERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nº 7.273.375, fecha de ingreso 03/10/2011, desempeñándose como ACOMPAÑANTE VIAL, TIEMPO DE SERVICIO: 2 años 1 mes, 27 días, salario integral 656.....