Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCION de fecha 21 de febrero de 2022, efectuada por las partes ciudadano JUAN JOSE SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.821.029, de este domicilio y la ciudadana MARBELLA DE LA LIBERTAD MARTIN RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 5.523.638, de este domicilio.
SEGUNDO: Se suspenden las medidas innominadas de: PRIMERA: Prohibición de Vender las diez mil (10.000) acciones en la Panadería y Charcutería Villas del Centro, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del estado Carabobo, en fecha dieciséis (16) de abril de 2008, bajo el Nro. 23-A y modificados sus estatutos en fe.....