Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL Nº 7 SECCION ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA. PRIMERO: SUSTITUIR LA MEDIDA CAUTELAR contenida en el Artículo 582 literal "g" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, referente a la presentación de fiadores impuesta en fecha 30/11/2009, en Audiencia de Presentación de Detenido al adolescente JUAN CARLOS TORRES OSPINO, a quien se le sigue causa signada bajo el N° 1892-09 (nomenclatura de este Tribunal), por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado de conformidad con el articulo 406 numeral 1° en perjuicio del hoy occiso Víctor Alfonso Díaz y Homicidio Calificado en Grado de Frustración, de conformidad con el articulo 406 numeral 1° en relación con el artículo 80 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano llamado .....