Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en función Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud interpuesta por el Fiscal del Ministerio Público y por la defensa pública, en cuanto a que la presente causa sea ventilada por la vía del procedimiento ordinario, conforme a lo pautado en los artículos 280 y 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud de las partes en cuanto al otorgamiento de una MEDIDA CAUTELAR al imputado RAIBERT GONZALEZ MARIN, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, donde nació en fecha 10-12-72, de 34 años de edad, de estado civil soltero, de oficio Comerciante, residenciado en: Urbanización Simón Bolivar, bloque 07, apto. B-8, Perez Bonalde Catia, Caracas, titular de la cédula de identidad N° .....