Por todos y cada uno de los razonamientos expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. PRIMERO: SIN LUGAR, la cuestión previa establecida en el ordinal 11 del Articulo 346 del Código de Procedimiento Civil, alegada por la abogada MARÍA GONZÁLEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 288.369, en su carácter de defensora ad litem de los ciudadanos MARYANGEL SUAREZ, DURAN, ELINE SCARLET SUAREZ DURAN, ELIO PASTOR SUAREZ DURAN, LUIS MANUEL SUAREZ DURAN, ARGENIS PASTOR SUAREZ SILVA, YANET JOSEFINA SUAREZ SILVA, ELIO JOSE SUAREZ PEREZ y JORGE LUIS SUAREZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-7.106.251, V-7.106.252, V-11.528.746, 11.528.745, V-7.006.532, V-17.032.077 y V-18.957.199, respectivamente.
2. SE.....