En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el alegato de falta de cualidad invocado por la representación del MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO, FONDO MUNICIPAL DE PROTECCION Y CONSEJO MUNICIPAL DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana AMARILIS MESA LEON, titular de la Cedula de Identidad N° 17.643.622, contra las entidades de trabajo ASOCIACION CIVIL DE APOYO PSICOSOCIAL LEGAL y MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO, FONDO MUNICIPAL DE PROTECCION Y CONSEJO MUNICIPAL DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. Se condena a las demandadas al pago de Bs. 121.962,49.
Se ordena experticia complementaria del fallo, la cual será realizada por un único e.....