Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- ACEPTA la competencia declinada por el Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante sentencia de fecha 22 de diciembre de 2015 y se declara COMPETENTE para decidir la acción de amparo constitucional interpuesta los ciudadanos BRUCE PAGAN HERNANDEZ, SHEILA DEL VALLE PEREZ LAREZ, RODOLFO DE JESUS BAUTISTA VALERA, DIANA MARBELIA HIDALGO PALMA, MARJORIE INES DE LEON GARCIA, HEYBER ZADQUIEL GARGIA SANABRIA, DALMARI JOSEFINA MORENO SALAZAR Y YUSBELY MARIA DURAN OROPEZA, titulares de la cédulas de identidad Nº 17.588.069, 16.857.658, 20.782.385, 6.217.944, 20.096.945, 24.760.273, 24.758.533 y 12.394.318, respec.....