Por todos los razonamientos antes descritos Este tribunal una vez oídas a todas y cada unas de las partes intervinientes en este proceso penal que se efectuó bajos los principios de Inmediación, Oralidad, Presunción de Inocencia, debido proceso entre otros paso a dictar los siguientes pronunciamientos: En nombre de la República y por Autoridad de la Ley de conformidad con los Artículos 4, 6, 7, 13, 19, 366, del Código Orgánico Procesal Penal, considero que al no quedar demostrada la participación de los ciudadanos1) Antonio José Blanco Tovar, venezolano, nacido en Valencia, Estado Carabobo, fecha de nacimiento 18/09/1979, soltero, de 26 años, Cedula de identidad.. V-14.252.478, de profesión u oficio Obrero laborando en Mezclilla San Miguel , domiciliado calle 9 de Septiembre, Sector 1, casa 532, Barrio La Florida, Valencia, Estado Carabobo; hijo de Antonio José Blanco y Ana Tovar, . 2) Giovanny Pinto: venezolano, nacido en Valencia, Estado Carabobo, fecha de nacimiento.....