Declara: EXTINGUIDO EL PROCESO en el juicio de Divorcio fundamentado en la Causal 2° del artículo 185 del Código Civil, con base en el contenido del artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, incoado por el ciudadano GERARDO JOSÉ PADILLA TOYO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-13.503.362, domiciliado en la Calle 11, entre Panamericana y Avenida 2, Casa N° 1-19, Sector Campo Alegre, Cocorote, Municipio Cocorote, estado Yaracuy, representado por sus apoderados judiciales Abogados Zaydda Lavite Alvarado, Maria Genarina Villegas y Erving Ramón Torrealba, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.152, 48.085 y 23.670, respectivamente; contra su cónyuge, la ciudadana BERLIMAR BEATRIZ LÓPEZ GOYO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-21.300.684, domiciliada en Calle Primero de Mayo, Casa 240, Urbanización Simón Bolívar, Municipio La Trinidad, estado Yaracuy, representada judicialmente por la abogada Paula Xiomara Q.....