DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano ACOSTA SABAS RAMÓN, quién era venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, residía en la Morita nueva sector 2, avenida 4, casa N° 31, municipio Cocorote, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº V- 3.261.191; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos GIMENEZ DE ACOSTA LINA VIOLETA, ACOSTA GIMENEZ LITZANA VIOLETA, ACOSTA GIMENEZ JAYKER JAVIER, ACOSTA GIMENEZ JAIRO JOSÉ, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de las cédulas de identidad números, V- 4.966.594, V- 12.278.959, V- 13.618.434, y V- 13.618.433 respectivamente, asistidos de la abogada GIMÉNEZ DENIS, Inpreabogado N° 132.400. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse a los solicitantes, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.526-19 y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal.