En consecuencia, es forzoso para este Juzgador declarar LA HOMOLOGACIÓN DE LA TRANSACCIÓN, realizada en la prolongación de la audiencia preliminar, fijada para el día de hoy, por la ciudadana DALIA COIRAN venezolana, mayor de edad, de este domicilio, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nro. 92.129, en representación del ciudadano PEDRO ALEXANDER OROZCO COLEMENARES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 11.415.634, y por la entidad de trabajo demandada la ciudadana GRETEL SUSANA ALFONZO PADRON, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 162.288, en su carácter de apoderada judicial de BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A, a travé de la cual llegan a un acuerdo transaccional por la cantidad de SETENTA MIL BOLIVARES ( Bs 70.000,00).