´´En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN CONCUBINARIA, interpusiera la Ciudadana DELFIS DANISELA PEÑALOZA CARDENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.952.533, domiciliada en la avenida cartagena entre calles 27 y 28, casa s/n, Miunicipio Independencia, estado Yaracuy. Representada por la ciudadana SUHAIL ANAYANTZY HERNANDEZ ALVARADO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el N° 81.067, de este domicilio, contra el Ciudadano GUILLERMO JOSE BORGES RAMIRES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.250.472, domiciliado en el desarrollo habitacional .....