Por las razones de hecho y de derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por ACCIÓN REIVINDICATORIA incoada por la ciudadana MILEIDA JOSEFINA SOJO PINTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.348.473, de este domicilio, debidamente asistida por el abogado MIGUEL ANGEL MEDRANO P., inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 135.491, contra la ciudadana BEATRIZ DEL CARMEN CONTRERAS GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.320.235, domiciliada en la casa distinguida con el N° 86-51, Manzana 6, Parcela N° 9, ubicada en la Urbanización El Molino, Parroquia Tocuyito, Municipio Libertador del estado Carabobo.
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