Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO.- COMPETENTE para conocer la presente acción de amparo constitucional.
SEGUNDO.- ADMITE la acción de amparo constitucional intentada por los ciudadanos JOSE ALEXANDER ESPINOZA CORONA y ARGENIS RAMON ARAY, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V- 15.338.741 y V- 10.525.548 respectivamente, en contra de la entidad de trabajo ASADOS VEENZOLANOS, C.A.(Asados El Bosque), inscrita en el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de fecha 23 de abril de 1971, bajo el Nº 55, Tomo 2 y por cambio de domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del .....