Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando como Tribunal Constitucional en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- SIN LUGAR la apelación interpuesta el 24 de mayo del 2012, por la abogada ESMA JIMENEZ, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MAGALY RAMIREZ DE DIAZ, contra la sentencia dictada el 21 de mayo del 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en esta ciudad.- SEGUNDO.- CON LUGAR el recurso de amparo interpuesto por el ciudadano abogado CARLOS RODRIGUEZ contra la ciudadana MAGALY RAMIREZ DE DIAZ. TERCERO.- SE ORDENA A LA AGRAVIANTE, MAGALY RAMIREZ DE DIAZ, RESTITUIR AL AGRAVIADO, CARLOS RODRIGUEZ, en el uso del inmueble constituido por un anexo, ubicado en la parte alta de la casa Nº 389, Avenida 7.....