JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
Primero: SIN LUGAR la apelación interpuesta por BAR RESTAURANT TURISTICO Y DEPORTIVO BERCISCO, S. R. L., sociedad de comercio inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 15 de noviembre de 1984, bajo el Nº 37, Tomo 35—Sgdo; sin domicilio procesal constituido en autos, contra RUBEN ARISTIDES ALMEIDA ORTA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V.-13.728.040.
Segundo: Se confirma el fallo apelado, como consecuencia de ello con lugar la demanda.
Tercero: Se .....