D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Quinta actuando en sede Constitucional de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, emite el siguiente pronunciamiento: se declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano GUIOMAR ENDERSON SILVA, debidamente asistido por la Profesional del Derecho SCARLETT M. MORA GUEVARA, Abogada en ejercicio y de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 69.074, en contra de la ciudadana DRA. FABIOLA VEGAS, en su condición de Juez del Juzgado Cuadragésima Novena (49°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 5° del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Publíquese, regístrese, notifíquese y líbrese la correspondiente Boleta de Traslado dirigida a la casa de Reeduca.....