En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE el recurso de apelación interpuesto el 4 febrero de 2009, por el abogado José Joel Gómez Cordero, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado N° 57.049, en su condición de defensor del ciudadano Dair David Corrales Teran, contra la decisión dictada el 28 de enero de 2009, por el Juzgado Vigésimo Noveno de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la practica del reconocimiento en rueda de individuos solicitada por la citada defensa.
Segundo: Se ACUERDA oficiar al Juzgado Vigésimo Quinto de Juicio de esta Circuito Judicial Penal, a objeto de recabar expediente original signado bajo el N° 501-09 (nomenclatura de ese Juzgado), con la finalidad de resolver el fondo del recurso de apelación inter.....