En base a las anteriores consideraciones, esta Sala 4 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica por autoridad de la Ley declara sin lugar la recusación propuesta por los abogados Lothar Stolbun Barrios y Salvador Ramírez Ramírez, en su condición de defensores privados del ciudadano Juan Gabriel Sulbaran Suárez, contra la Juez Trigésima Tercera (33°) de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, abogada Karla Torres Lara, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 ordinales 6 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, déjese copia, remítase el presente cuaderno de Incidencia al Tribunal Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas