En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley:
Primero: ADMITE el recurso de apelación interpuesto el 12 de diciembre de 2008, por los abogados Hugo Prieto y Reinaldo Ramón Isea, en su condición de Defensores privados de la ciudadana Patricia Isabel Almeida Arroyo, quienes recurren conforme lo dispuesto en el artículo 447.4 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 06 de diciembre de 2008, por el Juzgado Décimo de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, a la referida ciudadana, por encontrarse llenos los supuestos previstos en los artículos 250, 251 y 252 eiusdem.
Segundo: ADMITE el escrito de contestación presentado por la abogada Ivana Ricci Mendez, en su condición de Fiscal Cuadragésima Cuarta del Ministerio Público del.....