En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE de conformidad con lo previsto en los artículos 485 y 447.6 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto el 17 de junio de 2009, por la abogada Amarillys González Bermúdez, Defensora Pública Penal Décima Octava con competencia en la fase de Ejecución de esta Circunscripción Judicial, en su condición de defensora del ciudadano Jeison José Mata Díaz, titular de la cédula de identidad Nº 12.667.656, quien recurrió conforme a lo previsto en el artículo 447.6 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 04 de junio del corriente, por el Juzgado Accidental Duodécimo de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la conmutación del resto de la pena en confinamiento a.....