Por las razones precedentemente indicadas, esta Sala Cuatro de Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, confirma la privación judicial preventiva de libertad dictada el 29 de marzo de 2009, y publicada el 30 de marzo de 2009 en auto fundamentado, por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial penal del Área Metropolitana de Caracas, en contra de los imputados Alan Miguel Pereira Azuaje, Yenel Siolo Cancino y Nerio Antonio Valdez Ruiz, conforme a lo previsto en el artículo 250.1.2. 3, 251.1.2, y 252.1.2, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados Ángel Gabriel Castillo Rodríguez y Andrés Eloy Castillo, en su carácter de defensores de los ciudadanos Alan Miguel Pereira Asuaje y Yenel Siolo Cancino, en contra de la precitada decisión.