En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, acuerda dictar los siguientes pronunciamientos:
Primero: Admitir el recurso de apelación interpuesto por el abogado Domingo Jorge Barreto Rodríguez, en su carácter de defensor privado de los ciudadanos Carlos Adolfo Serrano, Emilio José Cedeño y José Rafael Bravo, conforme a lo dispuesto en el artículo 447 numeral 5 del Código Orgánico Procesal Penal, el 30 de septiembre de 2009, en contra del auto dictado el 22 de septiembre de 2009, por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual negó la solicitud de la medida cautelar menos gravosa interpuesta por la defensa, toda vez que en fecha 17 de septiembre de 2009, se solicitó el decaimiento de la medida de conformidad con.....