Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Cuatro Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, de conformidad con el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
1) Admite el recurso de apelación interpuesto por las Defensoras Públicas Octogésima (80º) y Octogésima Quinta (85º) Penal, abogadas Alejandra Kuske y Migbert Ron, en su carácter de defensoras de los ciudadanos Richard José Marcano Leiva, Eduard José Torrealba Brito y Derwing Enrique Guzmán Quijada, impugnan la decisión del 14 de junio de 2009, dictada por el Juzgado Trigésimo (30º) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad a los referidos imputados, de conformidad con .....