En virtud de las razones que preceden, esta Sala Cuatro de la Corte Apelación del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, revoca la decisión dictada el 12 de octubre de 2009, por el Juzgado Vigésimo (20°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó al mencionado ciudadano medida cautelar sustitutiva de libertad, de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se acuerda la libertad plena y sin restricciones del ciudadano Renny José García Belisario, por lo que declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada Gladymar Praderes C. Defensora Pública Cuadragésima Octava (48°) del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora del ciudadano Renny José García Belisario, conforme a lo dispuesto en el artículo 447 numeral 4 del Código Orgánic.....