En base a las anteriores observaciones, esta Sala 4 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica por autoridad de la Ley declara sin lugar la recusación propuesta por el ciudadano Leocenis García, cédula de identidad nº 16.016.218, contra el abogado Lenin Fernández Duarte, en su carácter de Juez Vigésimo Tercero de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Regístrese, déjese copia, remítase el presente cuaderno de Incidencia al Tribunal Vigésimo Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, quien deberá recabar la causa principal del Juzgado de Control a quien le haya correspondido conocer en razón a la recusación planteada.