En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, admite el recurso de apelación ejercido el 27 de marzo de 2009, por la abogada Rosaria Sarita De Luca G., Defensora Sexagésima Octava (68°) Pública Penal, y defensora del ciudadano Mijares Misael Guzmán, titular de la cédula de identidad Nº 11.925.440, conforme lo dispuesto en el artículo 447.5 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 19 de marzo de 2009, por el Juzgado Trigésimo Primero (31°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual negó la solicitud de la defensa de libertad plena y deja incólume la medida de coerción personal que pesan sobre su defendido, el ciudadano Mijares Misael Guzmán, de conformidad con el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal. El prese.....