En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE el recurso de apelación interpuesto el 18 de junio de 2009, por el abogado ALFONSO LÓPEZ, en su condición de defensor privado del ciudadano WILMER ENRIQUE GUTIÉRREZ SILVA, quien recurrió conforme lo dispuesto en el artículo 447.4 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 13 de junio de 2009, por el Juzgado Noveno de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad al referido ciudadano, conforme a lo establecido en los artículos 250.1.2.3, 251.2.3 y parágrafo primero y 252.2 del Código Orgánico Procesal Penal.
Segundo: ADMITE el escrito de contestación interpuesto el 17 de julio de 2009, por la abogada RAQUEL PITA DRUMOND, en su condició.....