En el día de hoy, 06 de agosto de 2015, siendo las 02:00 p.m., oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció a la misma el abogado HÉCTOR GUILARTE, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 142.510, en su carácter de apoderado judicial del tercero interesado, de igual manera se dejó constancia de la incomparecencia por si misma o por medio de apoderado judicial alguno, de la parte demandante y de la parte accionada, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.