Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo (20º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de laq Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Homologada la transacción suscrita en la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por los ciudadanos Zerpa Keila Coromoto, Pérez Niño Mercedes, Mota de Martínez Rosa Elena, Guzmán Osorio Daniel, Ramírez Pérez Yaraldy Diamaris, Peña Sergio Ramón, Yánez Sosa Dallana, Rivero Blanco Margarita, Toro Guzmán Carlos Eduardo y García Manzanarez Yajaira contra la entidad de trabajo Mantenimiento, Limpieza y Construcciones JOPALIM, S.A., partes debidamente identificadas en los autos. Segundo: No hay condenatoria en costas de conformidad con el parágrafo único del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del .....