Este Juzgado Vigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Su incompetencia para conocer del presente caso, en consecuencia, declina la competencia en los Tribunales Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para conocer del presente asunto. Remítase con oficio el presente expediente, así como los medios probatorios promovidos por las partes.