Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda por salarios caídos o dejados de percibir e indemnización de los mismos incoada por el ciudadano JHON JAIRO ARIAS PEÑALOZA contra la entidad de trabajo CENTRO CLÍNICO CASANOVA, C.A., ambas partes plenamente identificadas en autos. SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. TERCERO: Notifíquese de la presente decisión a la parte demandante-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del Juzgado Vigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Ca.....