Vista la diligencia de fecha 15 de Julio de 2.014, presentada por la abogada COLUNBA ZERPA ZAMBRANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 103.248, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RICHARD LEONARDO PEREZ ESCALONA, titular de la cédula de identidad Nº V-15.930.812, según poder que cursa a los autos, por una parte, y por la otra la abogada VALENTINA VERA CARBAJAL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 215.042, en representación de la empresa INVERSIONES ZEN 1209,C.A., según poder que cursa a los autos, quienes convinieron en que la parte oferente paga a la parte oferida supra identificado la cantidad de CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTIUN BOLIVARES CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs.54.521,62), por los conceptos demandados en el libelo de la demanda. Ahora bien este Tribunal hace la salvedad, que el se emite por la cantidad de CINCUENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.55.000,00), según se evidencia de cheque identificado con el Nº 0387-00020103, perte.....