En el día de hoy, 30 de octubre de 2015, siendo las 10:00 a.m., oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció a la misma la abogada CLAUDIA LACHMANN, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 232.784, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, consignando copia simple del poder otorgado por su poderdante, así como original del mismo a efecto vivendi, el cual fue devuelto luego del respectivo cotejo; de igual manera se deja constancia de la incomparecencia por si misma o por medio de apoderado judicial alguno, de la parte demandante por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.