V
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la DEMANDA POR RESOLUCIÓN DE CONTRATO interpuesta por los Abogados Cleotilde Sánchez, Cecilia Pertuz de Escalona, Noray Escalona P. y Franklin A. Colmenares, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Números 4.387, 56.585, 63.053 y 72.872 respectivamente, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales Especiales de la ASOCIACIÓN VENEZOLANA DE INVESTIGACIONES CARDIOVASCULARES "ASOVINCAR", contra la FUNDACIÓN DE EDIFICACIONES Y DOTACIONES EDUCATIVAS (FEDE) adscrita bajo régimen tutelar del hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, y en consecuencia:
1) Se declara Resuelto el Contrato de Arrendamiento suscrito entre las partes contratantes;
2) Se ordena la entrega del objeto del contrato, esto es, un inmueble ubicado en la Avenida Los Cho.....