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DECISIÓN
En merito de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE la Medida Cautelar de Suspensión de Efectos solicitada por los abogados Dorelis León, Carmen Amelia Jiménez Raven, Alejandro Obelmejia, Gastón Cisneros, Gabriela Travaglio, Javier Saad y Mildred Rojas, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 74.800, 7.404, 93.617, 127.924, 139.760, 124.563 y 109.217, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del Municipio Chacao del Estado Miranda, contra el Acto Administrativo emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Estado Miranda (DIRSAT) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, contenida en el Oficio Nº 0040-10 de fecha 27 de Enero de 2010, notificado a la Unidad Educativa Municipal "Andrés Bello" mediante Oficio Nº DM 0923-2010 en.....