V
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad ejercido conjuntamente con Medida Cautelar de Suspensión de Efectos, interpuesto por la abogada Omaira Torres de Betancourt, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 10.155, actuando en el carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil Frigorífico El Gran Maute, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (ahora Distrito Capital) y Estado Miranda, bajo el Nº 47, Tomo 27-A Pro., el 26 de Marzo de 2003, reformado posteriormente en sus estatutos el 25 de Febrero de 2005, anotado bajo el Nº 73, Tomo 21-A-Pro., en fecha 19 de Noviembre de 2003, anotado bajo el Nº 16, Tomo 167 Sgdo., el 28 de Junio de 2007, bajo el Nº 70, Tomo 122 A-Sgdo. contra la Providenci.....