VI
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
1) ADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la Sociedad Mercantil OPERADORA LA CUADRA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 65, Tomo 1017 A, en fecha 21 de Diciembre de 2004, representada por su Director General ALFONZO GHERSI MERCADER, titular de la cédula de identidad Nº 5.537.171 y debidamente asistido los abogados IVELIZE TOZZI COLMENARES y OSCAR GUILARTE HERNANDEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 53.976 y 48.301, respectivamente, contra la Resolución Nº L/106.06.08 dictada por la Dirección de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Chacao el 10 de Junio de 2008 a través de la cual le impuso multa por Bs. 6.900,00 y or.....