Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Octavo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la ciudadana MILENA MADELEING MAZA RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.039.513, asistida por el abogado TOMÁS HILARIO ARAUJO GUTIÉRREZ, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 224.927, ejerció Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, contra el Acto Administrativo de Destitución signado bajo el N° 07603, contentivo de la Resolución N° 020039, de fecha diecinueve (19) de julio de dos mil diecisiete (2017), suscrito por el ciudadano Ministro del Poder Popular para la Defensa.
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