Por las razones antes expuestas este tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE, para conocer el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el abogado TOMÁS ANTONIO PÉREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajos el Nº 45.397, actuando en el carácter de apoderado judicial del ciudadano ROMMEL DARÍO NATERA GALAVIZ, titular de la cedula de identidad Nº 9.483.414, contra el COMANDANCIA GENERAL DE LA GUARDIA NACIONAL, adscrita al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA; en consecuencia se ordena remitir el expediente a la SALA POLITICO ADMINISTRATIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, a los fines de que conozca del presente recurso.