Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Octavo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por WILMER PORRAS, titular de la cédula de identidad N° V- 12.846.252, debidamente asistido por el abogado FRANCISCO LEPORE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.093, contra el Acto Administrativo contenido en el Oficio N° DGS- 152 2017, de fecha siete (07) de julio de dos mil diecisiete (2017), suscrita por el Director General de la Alcaldía del Municipio Sucre. En consecuencia:
PRIMERO: SE DECLARA valido el acto administrativo impugnado y en consecuencia, improcedente la solicitud de reincorporación efectuada por el ciudadano WILMER PORRAS. Así se decide.
SEGUNDO: SE ORDENA el pago de las prestaciones sociales solicitado de manera s.....