VI
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
1) ADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la Sociedad Mercantil LA CUADRA GASTRONÓMICA EXPRESS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 35, Tomo 31-A Pro; en fecha 16 de Marzo de 2006, representada por el abogado Guillermo Iribarren Carrasco, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 116.816, contra la Resolución Nº L/114.06.08 dictada por la Dirección de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Chacao el 10 de Junio de 2008 a través de la cual le impuso multa por Bs. 6.900,00 y orden de cierre del establecimiento comercial, por supuestamente ejercer actividades económicas en jurisdicción del Municipio Chacao sin haber tramitado y obtenid.....